DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Primero: Se otorga medida cautelar menos gravosa a los ciudadanos MANUEL ALEXANDER MARÍN, venezolano, de 28 años de edad, nacido en fecha 27 de Mayo de 1981, de estado civil soltero, de Profesión U oficio indefinida, residenciado en el Sector el Silencio, calle Nro. 01 Casa Nro. 01 de esta Ciudad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.403.084 y EUCLIDES JOSÉ FUENTES, venezolano, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio Indefinida, residenciado en el Sector Villa Bolivariana de esta Ciudad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.859.607, a quienes se les imputa la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 454, ordinal 4° de.....