En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ITINERANTE PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud hecha por la Fiscal Comisionada Interina Primera del Ministerio Publico y en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a los ciudadanos: CARLOS RAMÓN HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 17.053.248, residenciado en el barrio Monte Calvario, calle principal de esta Ciudad, y FÉLIX RIVERA HERNÁNDEZ, venezolano, de 18 años de edad, indocumentado, residenciado en el barrio Monte Calvario de esta Ciudad, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de PERSO.....