Este Tribunal de Control N° 1, por todas las razones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación en contra de los acusados FRANKLIN ALEXANDER CAPRIATA, quien es venezolano, mayor de edad, de 28 años, soltero, titular de la Cédula de identidad N°. 11.209.270, de profesión u oficio Mecánico, residenciado en la Urbanización Hacienda del Medio, Calle N° 02, Casa N° 03, por la comisión del delito de de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de RUCELBIS ADRIANA GIL ROMERO, igualmente admite la totalidad de las pruebas presentadas por la representación del Ministerio Publico, de conformidad con lo establecido en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se suspende condicionalmente el proceso seguido en contra del acusado FRANKLIN ALEXANDER CAPRIATA, quien es venezolano, mayor .....