Por las consideraciones arriba expuestas, este Tribunal primero de primera instancia en funciones de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se AUTORIZA la solicitud de la Fiscalia Primera del Ministerio Público del Estado Delta Amacuro, de destrucción de sustancias por incineración, de la sustancia incautada en la investigación distinguida bajo el Nº I-089.810 (Nomenclatura de CICPC) y 10-F02-0194-2010 (nomenclatura de la Fiscalia), previa identificación por expertos, que al efecto designe el Ministerio Público, quienes deberán constatar su correspondencia con la sustancia incautada. A tal efecto se fija el día 14 de abril de 2010, a la 01:00 horas de la tarde, el aludido acto de destrucción mediante incineración, en el sitio que ha bien tenga fijar el Ministerio Público, con las debidas seguridades del caso. En tal senti.....