Por los razonamientos ya expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se CONDENA al ciudadano JUAN ALEXANDER MOYA DURAN, de nacionalidad venezolana, natural de San Félix Estado Bolívar, titular de la cedula de identidad Nº 21.247.329 de 18 años de edad, nacido en fecha 02/02/1991, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en UD146, calle Silvio Villegas, cerca del Polideportivo Alcasa, hijo de Maria de Moya y Alexander Moya, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal, al ser encontrado por este Tribunal como autor culpable y responsable en la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS,.....