Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 11/04/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : YP01-X-2006-000005 N° Sentencia : Fecha: 11/04/2006
Esta sentencia posee 1 Extracto(s):  ver
Procedimiento:
Intimación De Honorarios
Partes:
SOLICITANTE: ABOGADA MIRLA RODRÍGUEZ, IMPUTADO: ALIRIO RAMÓN ROMERO CARRIÓN.
Resumen:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Niega la Medida Preventiva de Embargo sobre Bienes propiedad del deudor solicitada por la Abogado Mirla Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.953.862, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 93.409, con domicilio procesal en la Calle Dellan Costa S/N, frente a la notaría Pública de esta ciudad de Tucupita, Municipio Tucupita del Estado delta Amacuro, en contra del ciudadano ALIRIO RAMON ROMERO CARRION, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.927.642, de ocupación Comerciante, civilmente hábil, domiciliado en la Calle Principal, del Barrio Libertad, Sector II, casa S/N, de esta ciudad. Así se decide. Librar lo conducente.
Juez/Ponente:
Xiomara Sosa
Organo:
Tribunal Primero de Control
arriba

N° Expediente : YP01-V-2006-000001 N° Sentencia : Fecha: 11/04/2006
Esta sentencia posee 1 Extracto(s):  ver
Procedimiento:
Intimación De Honorarios
Partes:
SOLICITANTE: ABOGADA MIRLA RODRÍGUEZ, IMPUTADO: ALIRIO RAMÓN ROMERO CARRIÓN.
Resumen:
se admite cuanto ha lugar en derecho, y a los fines de tutelar efectivamente los derechos difusos pretendidos, de conformidad con los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Intímese al ciudadano ALIRIO RAMON ROMERO CARRION, quien es a fin de pague al demandante Mirla Rodríguez , abogado en ejercicio, inpreabogado N° 93.409, la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo)en que ha estimado sus honorarios profesionales, concediéndosele un plazo de diez (10) días hábiles, a partir de la fecha de su citación a los efectos del cumplimiento del referido pago. Se le advierte a la parte demandada, que de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Abogados puede ejercer el derecho de retaza, siempre que sea solicitada dentro de los diez días hábiles siguientes a la intimación del Pago de los honorarios señalados. Librese boleta de intimación. En relación a la Medida Preventiva de embargo solicitada sobre bienes.....
Juez/Ponente:
Xiomara Sosa
Organo:
Tribunal Primero de Control
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados