Por las consideraciones arriba expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se decreta medida privativa judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano EMETERIO ANTONIO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.396.358, al estar satisfechos los extremos legales de los artículos 250, 251 numerales 2° y 3° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de VIOLACIÓN y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 374 del Código Penal y 20 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, perpetrado en agravio de la niña PENELOPE DE JESUS GONZALEZ VALDEZ.
2.- Se admite en todas y cada una de sus partes, la acusación presentada por la Fiscalia Quinta del Ministerio Público del Estado Delta .....