PRIMERO: Se admite el escrito acusatorio, las pruebas tanto de la defensa pública como de la representación fiscal, de conformidad con los artículos 326, 330 numerales 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en contra de los acusados ANDRES CONDE ROJAS, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.699.420, con fecha de nacimiento 18-11-68, de 37 años de edad, natural y residenciado en el sector Las Juanas de la comunidad de Curiapo Municipio Antonio Díaz del Estado Delta Amacuro, JOSE LORENZO PEREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-22.790.174, con fecha de nacimiento 20-07-73, de 32 años de edad, natural de Burakataina Municipio Antonio Díaz del Estado Delta Amacuro y residenciado en la localidad de Curiapo, sector Las Juanas del mismo Municipio y ALCIDES HEDILLA, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. 13.411.161, con fecha de nacimiento 03-02-70, de 36 años de edad, natural de Janamana Municipio Antonio Díaz del estado Delta .....