Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se acuerda en contra del imputado ENZO RAFAEL CORTEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.403.655, medida cautelar de la prevista en el artículo 256 numerales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación de dos fiadores responsables, que se comprometan a traer al imputado al proceso las veces que sea requerido y presentaciones periódicas, cada ocho (08) días por ante este Tribunal. Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario. Se ordena la remisión del presente asunto a la Fiscalia Primera del Ministerio Público en su debida oportunidad para que prosiga la investigación.
Regístrese, diaricese y déjese copia certificada.