Por los razonamientos ya expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se CONDENA al ciudadano JESÚS RAMÓN SALAZAR SALAZAR, de nacionalidad venezolana, natural de Barrancas, Estado Monagas, titular de la cedula de identidad Nº 8.934.622, de 45 años de edad, nacido en fecha 29/10/1964, de profesión u oficio no definida, residenciado en El Triunfito, Sector Bello Monte, Calle Bufalino, Casa s/n, Municipio Casacoíma, Edo. Delta Amacuro, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, al ser encontrado por este Tribunal como autor culpable y responsable en la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO DE FABRICACIÓN ILÍCITA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal.....