DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación con motivo de Efecto Suspensivo interpuesto por la Abg. Yrling Roldan Castañeda, en su condición de Fiscal Primera del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 5 de éste Circuito Judicial Penal, en audiencia oral celebrada en fecha 27 de Agosto de 2009, mediante la cual le otorgó la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 1° del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado PEDRO LUÍS CHARACO LAMON, como lo es el arresto domiciliario.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la Decisión objeto de impugnación sólo en lo que respecta a la Medi.....