este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por la codemandada Claudia Coromoto Lucena Rodríguez, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.782.784 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 136.005., contra le medida de Embargo Preventivo dictada en fecha 01 de noviembre de 2022.
SEGUNDO: SE RATIFICA LA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por este Juzgado, en fecha 01 de noviembre de 2022, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) Instaurada por el ciudadano CARLOS JAVIER OSAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.868.510, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado JOSE LUIS CASTILLO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 267.423; Contra los ciudadanos EDUARD.....