IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONFIRMA, la decisión de fecha 30 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado de los Municipios Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual, declaró sin lugar la demanda de Reivindicación, intentada por las ciudadanas Nelly Coromoto Flores Alvarado y Delia Josefina Flores Alvarado, contra la ciudadana Emilia Donaire. Segundo: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Eliana Paulina Rodríguez Perdomo, apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 30 de marzo de 2011, proferida por el tribunal de la causa. Tercero: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase el expediente a .....