en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
-PRIMERO: CON LUGAR la demanda de: DIVORCIO POR DESAFECTO, fundamentada en las causales que determina el Artículo 185 del Código Civil de conformidad con lo establecido en la Sentencia 1070, emanada en fecha: Nueve (09) de diciembre del año: Dos mil dieciséis (2016), por la Sala de Casación Civil, del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), incoada por el ciudadano: GIANNI MIRCHI CESTRA, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 15.961.454, asistido por la Abogada en Ejercicio: Ylenia Castillo Perdomo, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 92.116 contra la ciudadana: NATHALI RUTH ROMERO VARGAS, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 13.084.301.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha: Siete (07) de Marzo del año: Dos mil diez (201.....