DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado en Funciones de Control de la Extensión de Carora del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
1.- Se declara flagrante la aprehensión del ciudadano imputado Jhonny José Sánchez Castillo, Cédula de Identidad Nº: 12.849.621, por la presunta comisión de los delitos que la representación fiscal precalifico como Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano y Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el artículo 270 eiusdem, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- La prosecución del proceso por la vía ordinaria, de conformidad con lo establecido en el artícu.....