III
DISPOSITIVA
En mérito de lo antes expuesto, este Juez Superior II de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, salvaguardando el derecho Constitucional de las partes a un Juez imparcial, principio consagrado en el artículo 49 numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: DECLARA CON LUGAR la INHIBICION propuesta por los Jueces Superiores I y III de esta Corte de Apelaciones GABRIEL ESPAÑA GUILLÉN y MARIA MERCEDES OCHOA, en el asunto distinguido con el alfanumérico HP21-R-2017-000182, contentiva del recurso de apelación de auto ejercido por los abogados Manuel José Marcano Valerio, IA del valle Sánchez Quevedo y Berany del Valle Flores Bocaney, Fiscal Séptimo y Fiscales Auxiliares Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con Competencia Especializada Para la Defensa de la Muje.....