Visto el escrito solicitud, presentado por los ciudadanos VANESSA DAVIMAR ZERPA LOZADA y JOSE JOAQUIN PEREZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-18.503.163 y V-17.889.596 respectivamente, asistidos por la Abogado en Ejercicio CARMEN AMERICA VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 117.700, mediante el cual manifiestan su voluntad de SEPARARSE DE CUERPOS, alegando que contrajeron Matrimonio Civil por ante la Prefectura del Municipio San Carlos del Estado Cojedes, en fecha: 23 de octubre de 2007, según consta de copia certificada del acta de matrimonio marcada "A", que de esa unión conyugal no procrearon hijos, ni adquirieron bienes de fortuna que liquidar, que establecieron su domicilio conyugal en la Urbanización la Herrereña II, Sector I, Vereda 10, Casa Nº 12, de San Carlos Estado Cojedes, solicitando de mutuo acuerdo al Tribunal, conforme a los Artículos 188 y 189 del Código Civil, decrete la separación de cuerpos entre.....