este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la cuestión previa de Existencia de Condición o Plazo Pendiente, opuesta por la parte demandada, en el procedimiento por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por los ciudadanos MAURO ALBERTO RANGEL ESCALONA Y JOSE VICENTE RANGEL ESCALONA, contra las ciudadanas MARIA DE GRACA COELHO RODRIGUEZ, SUSANA MARIA MARTINS GARCIA, ANA MARIA MARTINS RODRIGUEZ y LAURA MARIA MARTINS RODRIGUEZ, previamente identificados.