Es por lo que esta Juzgadora, una vez verificado el cumplimiento del pago a la accionante de autos, ciudadana ELIZABETH HERRERA DURAN, titular de la cedula de identidad Nº V-17.109.746, quien suscribe con el carácter de Directora del Proceso, actuando de conformidad con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concatenados con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, los artículos 9, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Parágrafo Primero del último de los señalados, el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, artículo 1.713 y siguientes del Código Civil y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA, PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN al acuerdo transaccional de las partes involucrada en la litis, en fecha 14 de agosto de año 2017, y confirmado en fecha 31 de agosto del año en curso, tal como se ev.....