este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REPONE la causa de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por la ciudadana YENEDY SOLDEIRY BENITEZ LANZAROTE venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-14.825.487, contra la ciudadana DIGNA MACZURI ROMERO DE SERRANO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-7.320.676, al estado de nueva admisión de la demanda, ordenándose la inclusión del cónyuge de la parte demandada para que forme parte de la relación jurídico procesal como codemandado.