III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR, la apelación interpuesta el 06 de marzo de 2017, por el abogado Julio Daniel Cordero Aguilar, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 01 de marzo de 2017, proferida por el tribunal de la causa. Segundo: CONFIRMA, la sentencia de fecha 01 de marzo de 2017, dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual, declaró inadmisible la demanda por Resolución de Contrato, interpuesta por el ciudadano Roberto Carlos Ferreira De Caires, contra la sociedad mercantil Mi Pequeña Venecia 2011, C.A. Tercero: Se condena en costas a la parte accionante del presente recurso de apelac.....