Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado
el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la
Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas
para asegurarle a los ciudadanos ALONSO MIGUEL PIÑERO ALVAREZ,
FRANCISCO JAVIER PIÑERO ALVAREZ, MARÍA YSABEL PIÑERO DE SIRIT, FELIX
RAMÓN PIÑERO ALVAREZ, ANTONIO JOSÉ PIÑERO ALVAREZ, ROSEMAR
PIÑERO RODRÍGUEZ, Y SOFIA PIÑERO OJEDA, venezolanos, mayores de
edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.321.560, V-5.749.224,
V-7.564.196, V-5.749.223, V-9.539.142, V-10.990.760 y V-15.297.939,
respectivamente, en su carácter de hijos, la cualidad de únicos y
universales herederos del hoy de cujus SATURNINO PIÑERO LORENZO, quien
era venezolano.....