.-VI.- Decisión.-
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara la Procedente la medida preventiva típica de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada por la abogada Eliana Paulina Rodríguez Perdomo en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Maribel de Abreu de Abreu, parte demandante, en contra del ciudadano José Dapia Feijo, sobre un lote de terreno y sus bienhechurías constituido por una (01) casa de uso familiar (vivienda principal), una vivienda familiar, un (01) deposito, dos (02) galpones; ubicado en el parcelamiento rural Estancias Taguanes, sector A, parcela 29, municipio autónomo Falcón del estado Cojedes, consta de las siguientes dependencias: 1. Una casa de uso familiar, en un área de cient.....