este Juzgado Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el Recurso de Casación anunciado mediante diligencia de fecha 07 de Abril de 2006, por el profesional del Derecho RAFAEL A. COUTINHO C., en su carácter de co-apoderado Judicial de la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL INDUSTRIAS POLLO PREMIUN 5.8, C.A, en el Juicio de Cumplimiento de Contrato seguido en contra de su representada por los Ciudadanos JORGE MANUEL PITA ORTEGA Y ZONIA ELIESER ORTEGA DE PITA, contra la sentencia proferida por esta Superioridad en fecha 19 de Octubre de 2005.