este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado SE SANCIONA al ciudadano; MANUEL ALEXANDER CAMPO CAMPOS, venezolano titular de la cedula de identidad Nº 13.018.969 natural de Maracay estado Aragua, soltero, fecha de nacimiento 26/04/1977, de 36 años de edad, profesión u oficio obrero, residenciado en el Intercomunal Turmero Maracay, Sorocaima I. Calle Arismendi Nº 27, teléfono 0412-5090475, a cumplir la sanción pecuniaria de TRES (03) UNIDADES TRIBUTARIAS, por la comisión de la FALTA de: PERTURBACIÒN A LA TRANQUILIDAD PUBLICA, previsto y sancionado en el artículo 506 del Código Penal, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, el cual deberá cancelar en el lapso de tres (03) días al Fisco Nacional, por lo que deberá consignar Boucher ante la Unidad de Alguacilazgo (URDD)... por "ADMISIÓN DE LOS HECHOS". Asimismo se le impone de las pena.....