el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo pautado en el artículo 383, DECLARA: EXTINGUIDO el presente procedimiento por motivo Homologación de Obligación de Manutención , presentado por las ciudadanas Leonor Páez, Angie Heredia y Yudith, en su carácter de Consejeras de Protección del Niño, niña y Adolescente del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de la ciudadana Se omite el nombre, a requerimiento de los ciudadanos WUILERMA ROSA HERRERA OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.113.165, domiciliada en la Urbanización José Laurencio Silva, casa Nº 07, Parroquia San Diego de Cojedes, Municipio Anzoátegui del estado Cojedes, y JUAN LEONARDO PÉREZ COLMENAREZ; venezolano, mayor de edad, titular de la cédul.....