En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Competente por el Territorio para conocer la presente solicitud de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana YURAIMA COROMOTO MERCADO NAREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.766.160, en contra del ciudadano CARLOS RAMÓN ESCORCHE MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.298.445, residenciados en la Jurisdicción del Municipio Tinaco del estado Cojedes, en beneficio de las adolescentes BARBARA TIBISAY COROMOTO ESCORCHE MERCADO, de trece (13) años de edad, nacida en fecha 11 de octubre del año 2009, BARBARA KARELIS ESCORCHE MERCADO, de once (11) años de edad, nac.....