DECISIÓN
Por todas las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal con fundamento en los artículos 479 Ordinal 1º, relacionado con los artículos 482 y 484, 500 primer aparte, 506, y, 510, todos del Código Orgánico Procesal Penal; así como en los artículos 2, 3º, 4º, 7º, 61, 64 literal "a", 65, y, 69; todos de la Ley de Régimen Penitenciario; ACUERDA LA MEDIDA DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO o RÉGIMEN ABIERTO a favor del penado: CARLOS MANUEL DE SA DOS SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.504.772, residenciado en el Barrio Los Pocitos, Calle Ron 2, Casa Nº 15-137, Sector La Fuente, cerca del Hospital, en San Carlos, estado Cojedes. Para ser cumplida en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Eduardo Herrera", adscrita a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, Dirección de Reinserción Social del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, ubicado en la Urbanización El Trigal, Aveni.....