Con fundamento a las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: Primero: Declara su Competencia para conocer la presente acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano JORGE LUIS SILVA VILLAMEDIANA, mayor de edad, soltero, civilmente hábil en derecho, titular de la cedula de identidad Nº V-5.208.228, con domicilio en: Vía la Bocatoma, urbanización "Amador Palencia" Casa Nº A-3 , San Carlos estado Cojedes, actuando en este acto en su condición de representante, ESPECIALISTA EN GESTION CULTURAL, PLATAFORMA PENSAMIENTO, PATRIMONIO Y MEMORIA, ADSCRITO AL GABINETE CULTURAL DL ESTADO COJEDS/ OFICINA DE COORDINACIÓN TERRITORIAL DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA, en contra del ciudadano JORGE LUIS MACIAS,.....