este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes las probanzas evacuadas para acreditar la cualidad que tiene el ciudadano Mario Alexander Quiroz Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.419.659, en su condición de cónyuge y los niños SE OMITE NOMBRE, de diez (10) y cinco (5) años, de Únicos y Universales Herederos de quien en vida respondiera al nombre de Omaria Rosa Torres Pinto, quien fuere venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.442.868, con vocación hereditaria y derecho sobre el .....