Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por Daño Moral, interpusiera la ciudadana MARÍA CRISTINA NAPOLITANO de TIRANTE en contra del ciudadano PEDRO ALEXANDER LOZADA AROCHA. Así se declara. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte demandante la suma de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.40.000.000,00), por concepto de daño moral. Así se decide. TERCERO: No hay condenatoria en costas. Así se declara.