ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA, ORDENA: PRIMERO: Al adolescente Se omite la identificación de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo 2do de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, venezolano, de 15 años de edad, para el momento en que ocurrieron los hechos, titular de la cédula de identidad N° V-20.949.700, soltero y residenciado en el Barrio Yaracuy, calle el motor, casa N° 21, en San Carlos, Estado Cojedes, a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA , por el lapso de DOS (02) AÑOS, y simultáneamente a cumplir la sanción de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en los artículos 620, literal "b" y "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en .....