Por todo lo antes expuesto, y por cuanto el libelo objeto de la acción no cumple con lo exigido en el Artículo 340, Ordinales 4º, 5º y 7° del Código de Procedimiento Civil, pues habiendo reclamado una indemnización por daño moral, debió precisar el objeto de la pretensión, su fundamentación de hecho y de derecho (hecho ilícito), así como la especificación de tales daños, y al no hacerlo resulta imperioso para este Tribunal declarar INADMISIBLE la presente ACCIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS (DAÑO MORAL) presentada por ALBERICO ANGELO ENSO, contra los ciudadanos: FRANCISCO JAVIER PIMENTEL y JOALICE JIMÉNEZ PINTO, Fiscal Tercero del Ministerio Público, todos plenamente identificados en autos, por ININTELIGIBLE. Y ASÍ SE DECIDE.