Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: Consumada la Perención de la Instancia-, en consecuencia, Extinguido el Proceso, en la Solicitud de Titulo Supletorio, presentada por el Ciudadano Raúl Eduardo Ramones Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.353.314, asistido por el Abogado Hialmar Antonio Ortega Arteaga, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 40.228. Así se decide. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. TERCERO: Notifíquese a la parte interviniente en la causa de la presente decisión, mediante Cartel de notificación que deberá ser fijado en la cartelera de este Tribunal, en virtud d.....