Por lo todos los razonamientos y argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, conforme a Derecho, declara: PRIMERO: Con LUGAR la cuestión previa lugar las cuestiones previas relativas al ordinal 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por la parte demandada ciudadano: Edgar Ramón Cerrato, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.992.181,en su carácter de propietario de un fondo de comercio denominado: Como propietario de un fondo de comercio denominado COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA LA GRAN TAMANACO C.A., asistido por el Abogado Gustavo Antonio Matute Morales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.209.883, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9.982, en el juicio por motivo de desalojo de u.....