DECISIÓN
Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la INADMISIBILIDAD de la acción de amparo contra actuaciones judiciales incoada, por la Abg. Oriana Mendoza García, inscrita en el Previsión Social, bajo el N° 150.769, actuando como apoderada judicial del ciudadano GIANCARLO MILILLI MIGNANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.464.967, contra presuntas violaciones de derechos y garantías constitucionales del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto; alegando unas supuestas lesiones constitucionales incurridas por el referido Tribunal, en el exped.....