CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL RIVAS MENDOZA Y MERCY COROMOTO REYES ARRAIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.594.383 y V-12.768.614, respectivamente y en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde el 06 de Enero de 1992 hasta la presente fecha. Segundo: se acuerda libra oficio correspondiente a los Registros Principal y Civil del San Carlos, hoy día Municipio Ezequiel Zamora, estado Cojedes. Líbrese oficios respectivos. Tercero: Se ORDENA, conforme a lo establecido en los a.....