Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos WILLIAMS JOSÉ COLMENARES REBOLLEDO, AMERICA LUCIA COLMENARES REBOLLEDO, TOMAS DAVID COLMENARES REBOLLEDO, CELIA EDITH COLMENARES REBOLLEDO, ROSARIO YASMINA COLMENARES REBOLLEDO, JOSÉ LEONARDO COLMENARES REBOLLEDO, CRUZ ALBERTO COLMENARES, ALI OSWALDO COLMENARES REBOLLEDO Y LUZ MARISOL COLMENARES DE NIÑO, titulares de la cédula de identidad numero 4.458.858, 4.230.196, 4.230.197, 5.363.127, 5.749.648, 8.729.168, 8.731.520, 8.665.239 y 10.323.151, respectivamente, la cualidad de únicos y universales herederos del ciudadano TOMAS.....