Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la Apelación, formulada POR LA PARTE ACCIONADA, por lo que se revoca en su totalidad la sentencia recurrida de la manera planteada, por lo que se condena a la Empresa al pago de la suma de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHO BOLÍVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 155.108,40), como diferencia adeudada; además,.se ordena realizar una experticia complementaria del fallo, que debe realizar el Juez Ejecutor Laboral, a los fines de efectuar, la corrección monetaria de las sumas debidas, los interese sobre las prestaciones sociales y los intereses de mora desde la fecha de admisión de la demanda hasta la ejecución de Sentencia, la cual deberá tomar en consideración los indicadores oficiales del Banco Central de Venezuela, para obtener por c.....