DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto y vista la solicitud presentada por la ciudadana YARUMA DANELIS PIÑERO CONDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N V-12.769.649, domiciliada en la Urbanización San Ramón III, las aparto-quinta, casa N° 74, en San Carlos estado Cojedes; asistida por el abogado en ejercicio, JOSÉ RAMÓN RODRIGUEZ HERRERA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 159.462; y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos JUAN AGUSTIN PIÑERO MARTIN, YULIETA ESTEFANI PIÑERO CONDE, YARIMA DEL PILAR PIÑERO CONDE, YARUMA DANELIS PIÑERO CONDE, GABRIELA VANESSA PIÑERO CONDE, JARELYS CAROLINA PIÑERO CONDE, en su condición de cónyuge e hijas, respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA CONDE TOVAR, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes q.....