PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por concepto de cobro de prestaciones sociales intentada por el ciudadano ASCENSIÓN DE LA CRUZ MENDEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 7.544.871 contra REPRESENTACIONES VILLALONGA C.A, Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 26 de Julio de 1993, bajo el N° 33, Tomo 7-A.
SEGUNDO: Se condena en costas al demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se advierte a las partes que el lapso de apelación comenzará a correr a partir de la publicación del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, Jueves 12 de Mayo de 2005 Años: 194° de la Independe.....