Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar al ciudadanos FRANCISCO DE JESÚS GÓMEZ HERRERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de las cédula de identidad Nº V-12.368.707, la cualidad de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, con vocación hereditaria sobre el acervo de bienes de los fallecidos FRANCISCO DE JESÚS GÓMEZ PÉREZ y MARÍA CRISTINA HERRERA DE GÓMEZ.
Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada de las actuaciones y de esta decisión por Secretaría.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web de e.....