III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONFIRMA, la sentencia de fecha 20 de abril de 2012, dictada por el Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual, declaró inadmisible la demanda por Estimación e Intimación de Costas Procesales, intentada por la ciudadana Yolismar Noemí Peña Ramos, contra la ciudadana Marlene Josefina Padrón. Segundo: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Irene Querales, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 20 de abril de 2012, proferida por el tribunal de la causa. Tercero: Se condena en costas a la parte demandante (apelante), de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, reg.....