Resuelve: "Declarar bastantes y suficientes" las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano OMAR ENRIQUE NOGUERA VERGARA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 18.973.975, domiciliado en calle en proyecto, del sector Libertador, de la población de Apartadero, Parroquia Juan de Mata Suárez, Municipio Anzoátegui, estado Cojedes, el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, cuyos linderos y demás especificaciones se indican en la solicitud.