III
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición formulada por la abogada Maribel N. Rivas R., en su carácter de secretaria del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes; en el juicio por Cobro de Bolívares por Intimación, interpuesto por el abogado Gonmar Gonzalo Pérez Mendoza, en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana Yohelis Coromoto Ramírez, contra la ciudadana Lisyuri Bismania Herrera. En tal sentido, a los fines de mantener la integridad del proceso, y dar continuidad al mismo en el estado en que se encuentra, se acuerda designar como secretario accidental en la presente causa al abogado Williams Coromoto Perdomo, titular de la cédu.....