este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CARLOS ALBERTO IRIARTE LOPEZ venezolano titular de la cedula de identidad Nº 19.722.875, 14/05/1989 de profesión u oficio estudiante universitario, de 24 años de edad estado civil soltero, residenciado en el avenida principal Tinaquillo, casa 14-5, sector Centro Sur, Tinaquillo-estado Cojedes, hijo de Domingo Iriarte (V) y Dioselina de Iriarte (V);, A CUMPLIR UNA PENA DE DOCE (12) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de; HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 405 del código penal, en concordancia con el articulo 68 ejusdem, en perjuicio de Yeran Ostos y LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, con la agravante prevista en el artículo 77 ordinal 20 del Código Penal, en perjuicio de Rosalía Castillo. SEGUNDO: El Tribunal se.....