CAPÍTULO III
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR el recurso de hecho, interpuesto por el abogado Luis Herrera Montenegro, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Ana Mercedes Aponte Morales, contra el auto de fecha 16 de junio de 2008, proferido por el tribunal a-quo. Segundo: REVOCA el auto de fecha 16 de junio de 2008, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante el cual negó, por improcedente, la apelación interpuesta por la parte actora, contra la decisión de fecha 02 de mayo de 2008, en consecuencia, se ORDENA oír en ambos efectos la apelación formulada por el abogado Luis Herrera Montenegro, actuando en su carácter de autos, .....