Este Tribunal en función de Control No. 12, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY pasa a hacer las siguientes consideraciones: PRIMERO: Vista las exposiciones de las partes en cuanto al delito de Lesiones Graves Culposas en virtud del cambio de calificación jurídica en esta audiencia por parte del Ministerio Público, tomando en consideración la manifestación de voluntad realizada por el imputado y por la victima obrando sin ningún apremio ni coacción, sino por libre consentimiento con respecto al Acuerdo Reparatorio celebrado entre ellos sin que haya habido oposición por parte del Ministerio Público, éste Tribunal le imparte la correspondiente homologación quedando sujeta la extinción penal al cumplimiento del mismo consistente en el pago de la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 3.000.000,oo), por parte del imputado a la victima el cual deberá efectuarse el día Martes 11-05-04, Hora: 10:30 a.m., queda.....