VII
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos con efecto suspensivo, interpuesto por el ciudadano ABOG. DOMÉNICO BOFELLI, FISCAL SALA DE FLAGRANCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 03 de Febrero de 2018 y publicado el auto motivado en fecha 05 de Febrero de 2018. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida mediante la cual se acordó la Medida Cautelar de Constitución de fiadores, de conformidad con el Artículo 242 ordinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la ciudadana YAIRA CAROLINA HERNANDEZ BUENDIA, por la presunta comisión de los.....