Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Asume la competencia para conocer de la Acción Posesoria por Perturbación, propuesta por los Ciudadanos Maria Teresa, Piscitelli Spiniello, Vincent Piscitelli Spiniello y Juan Domingo Piscitelli Spiniello, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-6.867.366, V-10.537.575 y V-11.943.891, en contra de los Ciudadanos Rolando Manuel Alcedo García, Neywul Páez Bocaney, Oel Sumoza Henríquez, José Vicente Abreu Herrera y Jairo Enrrique Alcedo García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V18.504.387, V-16.994.416, V-8.673.767, V-10.990.044 y V-5.656.908, respectivamente, de conformidad con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la pre.....